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IV. Observaciones finales"
"28. Además de la comunicación de fecha 31 de agosto de 2005, de la CIOSL, a la que había hecho referencia la Comisión con anterioridad, ésta toma nota de la evaluación general que el Funcionario de Enlace provisional hiciera de la situación del trabajo forzoso, en base a toda la información de que disponía, que «sigue siendo ... si bien se habían producido algunas mejoras desde la Comisión de Encuesta, la práctica sigue extendida en todo el país, y es especialmente grave en las regiones fronterizas, donde es grande la presencia del ejército» (informe del Funcionario de Enlace provisional, de febrero de 2005, documento GB.292/7/2, párrafo 8).
29. La Comisión también toma nota de las conclusiones relativas a Myanmar, adoptadas por el Consejo de Administración en su 294.ª reunión de noviembre de 2005. En sus conclusiones, el Consejo de Administración indicaba que existía un sentimiento general de grave preocupación acerca de la degradación de la situación y que los miembros del Consejo de Administración se encontraban particularmente preocupados y muy críticos respecto de las recientes amenazas que se habían producido contra el Funcionario de Enlace provisional, al igual que contra el facilitador informal, que se habían traducido en la paralización de su capacidad para cumplir con sus responsabilidades. Algunos miembros opinaron que la única vía que se había dejado a la OIT, a la luz de la nueva evolución, muy perturbadora que había tenido lugar, había sido prever que la propia Conferencia volviese a revisar las medidas adoptadas en la resolución de la CIT de 2000, en virtud del artículo 33 de la Constitución, mediante el establecimiento de un punto específico con tal fin en la agenda de 2006, a efectos de revisarlas y, cuando procediera, reforzarlas. Sin embargo, habida cuenta de la buena voluntad expresada por el representante del Gobierno de cooperar y del hecho de que en cualquier caso se requería una reconfirmación de toda medida relacionada con las actuaciones de la Conferencia, en su próxima reunión, el Consejo de Administración solicitó al Gobierno en sus diferentes ámbitos, incluida la máxima autoridad, a que aproveche el tiempo disponible antes de marzo de 2006, para reanudar un diálogo eficaz con la Oficina Internacional del Trabajo.
30. La Comisión también está plenamente de acuerdo con la opinión expresada por el Consejo de Administración y confía en que la aplicación de las solicitudes prácticas muy explícitas formuladas por esta Comisión al Gobierno, demuestren el verdadero compromiso del Gobierno de resolver este problema del trabajo forzoso de tan larga data, que tiene una solución.
[Se invita al Gobierno a que transmita información completa a la 95.ª reunión de la Conferencia.]"
Source/publisher:
Oficina Internacional del Trabajo
Date of Publication:
2006-03-00
Date of entry:
2008-05-30
Grouping:
- Individual Documents
Language:
Espanol, Spanish
