Description:
"...La Comisión comprueba nuevamente, con grave preocupación, que siguen sin aplicarse las recomendaciones de la Comisión de Encuesta; las disposiciones de la Ley de Aldeas de 1907, y la Ley de Ciudades de 1908 que facultan a exigir trabajos y servicios en violación del Convenio no han sido derogadas; el trabajo forzoso sigue imponiéndose en numerosas regiones del país, en circunstancias de extrema crueldad y brutalidad, y ninguna persona responsable de la imposición de trabajo forzoso ha sido objeto de procesamiento ni condena en virtud de las disposiciones pertinentes del Código Penal. La Comisión expresa su condena más categórica. La Comisión insta al Gobierno a probar la determinación que ha manifestado de querer eliminar el trabajo forzoso tomando las medidas necesarias para garantizar la observancia del Convenio."
Source/publisher:
Oficina Internacional del Trabajo
Date of Publication:
2005-03-00
Date of entry:
2005-05-11
Grouping:
- Individual Documents
Language:
Espanol, Spanish
Local URL:
Format:
html
Size:
51.18 KB
